Nueva sentencia del TEDH sobre gestación subrogada

Nueva sentencia del TEDH sobre gestación subrogada

La sentencia del TEDH sobre gestación subrogada avala el registro de ambos progenitores como padres su hijo.

El pasado 16 de julio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) publicó su sentencia en el caso D. c. Francia, relativo a la gestación subrogada.

La sentencia establece el derecho de los niños nacidos en el extranjero por gestación subrogada a ser inscritos como hijos de sus padres. Deja a la elección del Estado si los inscribe como hijos naturales o por adopción, pero debe inscribirlos en un término razonable y sin que conste la condición de hijo por «subrogación.»

El TEDH ya apuntó en esta dirección en caso Mennesson c. Francia, de 26 de septiembre de 2014. Sin embargo, la semana pasada fue un paso más allá, confirmando el deber de los Estados de inscribir a estos hijos y además, en un plazo razonable, aunque no fija un plazo máximo. Tal vez lo haga en futuras sentencias.

Además, considera que en este trámite el Estado deberá facilitar, en igualdad de título la inscripción de ambos progenitores, por el mismo título. Da así al trasto con los modelos de un padre como biológico otro como adoptivo. No sólo en virtud de la privacidad del menor, sino de la privacidad familiar que reconoce a los padres y al hijo.

Las sentencias del TEDH son efectivas en los 47 Estados miembros del Consejo de Europa. De modo que, a partir de ahora, todos ellos estarán obligados a facilitar la inscripción de los hijos nacidos por subrogación.

Ahora toca esperar qué hará España, si acatará esta sentencia y la aplicará rápidamente, o si por el contrario continuará haciendo caso omiso a las anteriores sentencias del TEDH sobre gestación subrogada.

Esperamos que muy pronto esta sentencia sea efectiva y facilite la inscripción de nuestros hijos.

Puedes leer la noticia al completo aquí.

SurroFamily España

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