Queda sin efecto la instrucción DGRN del 14 de febrero sobre la filiación de los nacidos por gestación subrogada

Queda sin efecto la instrucción DGRN del 14 de febrero sobre la filiación de los nacidos por gestación subrogada

A fecha del 21 de febrero, se ha publicado en el BOE la disposición general por la que queda sin efecto la instrucción del 14 de febrero, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la actualización del régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.

El Consulado no niega el registro de los menores, pero sí exigen cumplir con una sentencia de filiación firme dotada de exequatur, de acuerdo a lo expuesto en la DGRN de 2010.

Nos sorprendente que exijan este cumplimiento, cuando en el Consulado Español de Kiev, de forma oficial, nunca se han inscrito a menores nacidos por gestación subrogada, ya que no se presenta el contrato de gestación subrogada ni el registro civil ucraniano del bebé, sino el acta de nacimiento. Jurídicamente, se trata así de una relación extramarital, y se registra por tanto a la gestante como madre y al padre biológico como padre (gracias a la prueba de ADN).

Planteamos una pequeña reflexión:

Si esto se ha estado haciendo hasta la fecha, si no se pretende registrar al menor exigiendo el registro de ambos padres españoles, si no se presenta ni el contrato de gestación subrogada ni el registro civil ucraniano, esta instrucción no debería afectar a los niños nacidos en Ucrania, ya que los padres no están pidiendo el cumplimiento de la DGRN de 2010. (puedes ver el detalle aquí)

 

 

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